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Deducciones fiscales por I+D+i

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Gestión de deducciones fiscales por proyectos de I+D+i

Las deducciones fiscales tienen como objetivo compensar el esfuerzo de las empresas en actividades de I+D+i pudiendo minorar su cuota íntegra del Impuesto de Sociedades hasta un 42% del gasto en I+D, y un 12% en proyectos de Innovación Tecnológica (25% si son proyectos de la Cadena de Valor del sector de la Automoción).

¿Para quién?

Todo tipo de empresas, independientemente de su tamaño o sector

¿Qué tipo de gasto?

Gasto técnico de personal, materiales utilizados, activos y colaboraciones

¿Qué tipo de actividades?

Se admiten actividades de I+D o innovación tecnológica

¿Debe estar financiado públicamente?

No, pueden ser proyectos autofinanciados o proyectos con financiación pública

¿Es necesario un informe motivado para aplicar deducciones fiscales?

No es obligatorio, si bien la seguridad jurídica la otorga disponer de un informe motivado ex post del Ministerio.

¿Tienen que tener éxito los proyectos para producirse?

En el ámbito de la I+D, no se exige. En el de la innovación, sí se debe producir una mejora en el producto o en proceso (excepto diagnóstico tecnológico)

¿Qué plazos hay para tramitar el informe motivado?

El informe motivado al Ministerio debe solicitarse antes de que finalice el plazo de presentación del impuesto de sociedades para el cual se solicita

¿Tengo que implantar la norma UNE166002 de Gestión de la Innovación?

No, las normas pueden facilitar la planificación y control de actividades pero no es un requisito necesario para la solicitud de deducciones fiscales por I+D+i

En Pisa nos encargamos de...

Identificar las actividades calificables como I+D+i a efectos fiscales

Redactar las memorias técnicas y económicas y otra documentación requerida por la certificadora

Gestionar íntegramente la solicitud del Informe Motivado y Vinculante para Hacienda

... Y contamos con un 100% DE ÉXITO EN LA OBTENCIÓN DE DEDUCCIONES FISCALES